ESEFICIENCIA

Todo sobre Eficiencia Energética

SÍGUENOS:
  • Inicio
  • Eficiencia Energética
  • Servicios Energéticos
  • Climatización
  • Iluminación
  • Energías Renovables
  • >Servicios
    • Biblioteca
    • Vídeoteca
  • Guía Empresas
Inicio » Energías Renovables » El Gobierno aprueba el Real Decreto que hace viable el autoconsumo individual y colectivo conectado a red en España

El Gobierno aprueba el Real Decreto que hace viable el autoconsumo individual y colectivo conectado a red en España

Publicado: 05/04/2019

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España. Entre otras medidas, el Real Decreto habilita la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales; reduce los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores; y establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida.

Autoconsumo fotovoltaico.
La norma habilita la figura del autoconsumo colectivo, que impulsará esta fórmula en comunidades de vecinos.

Esta norma completa el marco regulatorio sobre esta cuestión, impulsado por el Real Decreto-ley 15/2018 por el que se derogó el denominado impuesto al sol, y aporta certidumbre y seguridad a los usuarios.

El Real Decreto hace viable el autoconsumo en España, permitiendo posibilidades de implementación que, hasta el momento, no estaban contempladas. Tal y como señala la exposición de motivos del Real Decreto, el impulso del autoconsumo tendrá un “efecto positivo sobre la economía general, sobre el sistema eléctrico y energético y sobre los consumidores”.

Entre otras cuestiones, la extensión de esta fórmula fomentará la actividad económica y el empleo local, por su carácter distribuido; favorecerá la electrificación de la economía, permitiendo a España cumplir con sus obligaciones en materia de lucha contra el cambio climático; ofrecerá una alternativa a los ciudadanos, que puede ser más ventajosa económicamente que el consumo de energía tradicional; y permitirá la entrada de nuevos actores, y de la propia ciudadanía, en el sistema eléctrico.

Autoconsumo individual y colectivo

El Real Decreto clasifica y define las distintas clases de autoconsumo. Hasta el momento, solo existía una posibilidad: el autoconsumo individual conectado a una red interior. Con la nueva norma, se consagra la figura del autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación, hecho que impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios o entre empresas o industrias ubicadas en una misma localización.

Además, se define el concepto de “instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas”. Con esta figura, se permite realizar el autoconsumo tanto con instalaciones de generación situadas en la misma vivienda –única posibilidad contemplada hasta la fecha–, como en otras que estén ubicadas en las proximidades. Así, por ejemplo, se podrán instalar placas fotovoltaicas en edificios contiguos que tengan mejor orientación, siempre que haya acuerdo entre las partes.

Mecanismo simplificado de compensación de excedentes

Otra de las novedades del Real Decreto es la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes, esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que el usuario no consume instantáneamente.

Hasta el momento, si el autoconsumidor quería obtener una compensación por esta energía que se inyecta en la red, debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige. Con el Real Decreto aprobado hoy, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual.

Este mecanismo es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW), y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable. La compensación económica puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en ese mes.

Por otro lado, y en el caso del autoconsumo colectivo, el Real Decreto también abre la puerta a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y coparticipe de autoconsumo, si éste no está consumiendo su parte proporcional de energía.

Con el objeto de impulsar el desarrollo del autoconsumo y ofrecer facilidades a la ciudadanía, la norma abre la posibilidad de que todas las comercializadoras puedan ofrecer servicios de autoconsumo renovable. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que ha validado esta medida, supervisará la evolución del mercado y, en caso de que surjan problemas de competencia, podrá proponer al Gobierno el establecimiento de restricciones a determinadas compañías.

Simplificación administrativa

El Real Decreto reduce los trámites administrativos para todos los usuarios. En el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15 kW o de hasta 100 kW, en caso de autoconsumo sin excedentes), se reducen a una única gestión: notificar la instalación de una planta de producción eléctrica en su correspondiente comunidad o ciudad autónoma. El registro estatal se nutrirá de la información remitida por las administraciones autonómicas. Además, para las instalaciones de menos de 100kW en baja tensión, las administraciones recabarán información a partir de los datos del certificado electrotécnico de la instalación.

Asimismo, se articula un procedimiento para que sea el distribuidor quien modifique el contrato de acceso de los pequeños consumidores que realicen autoconsumo y éste solo tenga que manifestar su consentimiento.

De igual modo, se simplifican drásticamente las configuraciones de medida para que, en la mayoría de los casos, baste con un solo contador en el punto frontera con la red de distribución, lo cual supone una reducción de costes.

En el caso de autoconsumo colectivo, también será necesario medir la energía generada con otro equipo para hacer el “reparto de energía” entre los consumidores participantes.

Desde el punto de vista de la seguridad industrial, se modifica el reglamento electrotécnico de baja tensión para regular los dispositivos antivertidos y los kits autoenchufables, garantizando que el desarrollo del autoconsumo es compatible con la protección de las personas y equipos.

Publicado en: Energías Renovables Etiquetado como: Autoconsumo Energético, Energía Fotovoltaica, Energía Solar, Política Energética, Regulación, Transición Energética

Instagram
Newsletter
BUSCADOR
Patrocinio Plata
  • LEDVANCE
  • Aldes
Patrocinio Bronce
  • Schréder
  • Electrónica OLFER
  • Circutor
  • CIC Consulting Informático
  • Artecoin
  • Daikin
  • Junkers
  • Schneider Electric
  • ista
  • De Dietrich
  • AMBILAMP
  • Siber
  • Carlo Gavazzi
  • Maxge Europe
Sobre ESEFICIENCIA

ESEFICIENCIA es el principal medio de comunicación on-line sobre la Eficiencia Energética.

Publica diariamente noticias, artículos, entrevistas, TV, etc. y ofrece la información más relevante y actualizada sobre el sector.

AUDITADO POR OJD
COPYRIGHT

©1999-2025 El material de ESEFICIENCIA es propiedad intelectual de Grupo Tecma Red S.L. y está protegido por ley. No está permitido utilizarlo de ninguna manera sin hacer referencia a la fuente y sin permiso por escrito de Grupo Tecma Red S.L.

SOBRE GRUPO TECMA RED

ESEFICIENCIA pertenece a Grupo Tecma Red, el grupo editorial español líder en las temáticas de Sostenibilidad, Energía y Nuevas Tecnologías en la Edificación y la Ciudad.

Portales de Grupo Tecma Red:

  • CASADOMO - Todo sobre Edificios Inteligentes
  • CONSTRUIBLE - Todo sobre Construcción Sostenible
  • ESEFICIENCIA - Todo sobre Eficiencia Energética
  • ESMARTCITY - Todo sobre Ciudades Inteligentes
  • SMARTGRIDSINFO - Todo sobre Redes Eléctricas Inteligentes

 Logo Grupo Tecma Red Quiénes somos    Publicidad    Notas de Prensa    Condiciones de uso    Privacidad    Cookies    Contactar