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La Comisión Europea propone como energías verdes el gas y la nuclear para la transición energética

Publicado: 03/02/2022

La Comisión Europea ha presentado un Acto Delegado Climático Complementario de Taxonomía sobre mitigación y adaptación al cambio climático que cubre determinadas actividades de gas y energía nuclear. Con ello, etiqueta como verdes las inversiones en energía nuclear y gas.

Taxonomía de la UE
La taxonomía de la UE tiene como objetivo orientar la inversión privada hacia las actividades necesarias para lograr la neutralidad climática.

El Ejecutivo comunitario explica que la taxonomía de la UE tiene como objetivo orientar la inversión privada hacia las actividades necesarias para lograr la neutralidad climática para 2050. Aclara que la clasificación taxonómica no determina si una determinada tecnología formará o no parte de las combinaciones energéticas de los Estados miembros, y que el objetivo es acelerar la transición energética recurriendo a todas las soluciones posibles para ayudar a alcanzar los objetivos climáticos.

Teniendo en cuenta el asesoramiento científico y el progreso tecnológico actual, la Comisión Europea considera que la inversión privada en actividades nucleares y de gas tiene un papel en la transición energética. Se destaca que las actividades de gas y nucleares seleccionadas están en línea con los objetivos climáticos y ambientales de la UE, y permitirán acelerar el cambio de actividades más contaminantes, como la generación de carbón, hacia un futuro climáticamente neutro, basado principalmente en fuentes de energía renovables.

Actividades adicionales del sector energético en la UE

El acto delegado presentado por la Comisión Europea introduce actividades económicas adicionales del sector energético en la taxonomía de la UE. El texto establece condiciones, en virtud del artículo 10 apartado 2 del Reglamento de taxonomía, para que determinadas actividades nucleares y de gas pueden añadirse como actividades transitorias a las ya cubiertas por el primer acto delegado sobre mitigación y adaptación climática, aplicable desde el 1 de enero de 2022.

En concreto, estas condiciones estrictas son tanto para el gas como para la nuclear, que contribuyan a la transición hacia la neutralidad climática; para la nuclear, que cumpla con los requisitos de seguridad nuclear y ambiental; y para el gas, que contribuya a la transición del carbón a las renovables.

Por otro lado, se introducen requisitos de divulgación específicos para las empresas relacionadas con sus actividades en los sectores del gas y la energía nuclear. Para garantizar la transparencia, la Comisión Europea ha modificado la Ley Delegada de Divulgaciones de Taxonomía, para que los inversores puedan identificar qué oportunidades de inversión incluyen actividades de gas o nucleares y así poder tomar decisiones informadas.

Futura aprobación

El Colegio de Comisarios ha llegado a un acuerdo político sobre el texto. Una vez traducido a todos los idiomas oficiales de la UE, el Acto Delegado Complementario se transmitirá formalmente a los colegisladores para su examen. El Parlamento Europeo y el Consejo dispondrán de cuatro meses para examinar el documento y, en caso de encontrarlo necesario, objetarlo.

El Consejo tendrá derecho a presentar objeciones por mayoría cualificada reforzada, lo que significa que al menos el 72% de los Estados miembros (es decir, al menos 20 Estados miembros) que representen al menos el 65% de la población de la UE deben presentar objeciones al Acto Delegado.

Una vez finalizado el período de escrutinio y si ninguno de los colegisladores se opone, entraría en vigor y sería de aplicación a partir del 1 de enero de 2023.

Publicado en: Energías Renovables Etiquetado como: Cambio Climático, Legislación, Transición Energética

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