La información estadística relativa al etiquetado de la electricidad publicada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) destaca que la energía verde comercializada en España, y avalada por el Sistema de Garantías de Origen de la CNMC, superó el 97% durante 2023. Además, el número de garantías de origen expedidas en España aumentó un 15,5%, hasta los 134 millones (116 millones en 2022), equivalentes a 134 TWh, y se importaron más de 12 millones (19 millones en 2022).
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El etiquetado de la electricidad se basa en el Sistema de Garantías de Origen, la única herramienta válida para que las comercializadoras informen a sus clientes del origen de la electricidad que venden y de su impacto ambiental. Es una acreditación, en formato electrónico, que asegura el volumen de MWh generados a partir de fuentes renovables o de cogeneración de alta eficiencia, en un periodo temporal determinado.
Los productores de energía solicitan a la CNMC las garantías y, una vez conseguidas, pueden transferirlas a una comercializadora nacional, exportarlas a una comercializadora europea, o asignarlas –redimirlas– en un consumidor final.
En 2023, participaron de este sistema 209 comercializadoras (188 en 2022), que acumularon el 88% de toda la energía vendida en España por las empresas comercializadoras. Además, más de 46.000 instalaciones de generación de electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia participaron en el Sistema de Garantías de Origen de electricidad.
Garantías de origen y etiquetado de electricidad
La información estadística relativa al etiquetado de la electricidad publicada por la CNMC revela que la electricidad de más de 8 millones de consumidores, cifra récord de los últimos ejercicios, fue objeto de redención de garantías de origen. La redención consiste en asignar unas determinadas garantías a un consumidor de electricidad específico y se realiza a través del código que identifica su punto de suministro (CUPS) o, alternativamente, mediante el NIF correspondiente a varios CUPS.
En cuanto al etiquetado de electricidad se realiza conforme a la Circular 2/2021, de 10 de febrero, de la CNMC. La información se divide en los siguientes apartados: etiquetado propio de cada comercializadora o supplier mix y electricidad restante o supplier remaining mix.
Respecto al primer apartado, es obligatorio para todas las comercializadoras mostrar este etiquetado en sus facturas, es el inherente a cada empresa comercializadora, independientemente del tipo de oferta que hayan contratado sus clientes.
Por su parte, el segundo apartado es el etiquetado de electricidad correspondiente a cada empresa comercializadora, una vez detraídas las redenciones de garantías de origen efectuadas a sus clientes, aunque no existe obligatoriedad.