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Ayudas a proyectos de instalaciones fotovoltaicas en edificios municipales pacenses

Publicado: 24/01/2025

La Diputación de Badajoz ha abierto una convocatoria de ayudas destinadas a financiar la redacción de proyectos de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo colectivo en edificios municipales, en el marco de su estrategia de descarbonización y transición energética. Entre los beneficios esperados con estas instalaciones, destaca la reducción de los costes energéticos de las instalaciones municipales. También facilitará la promoción de comunidades energéticas locales y participación ciudadana. Asimismo, se conseguirá una mejora de la eficiencia y sostenibilidad de los servicios municipales, contribuyendo a la cohesión territorial. La convocatoria está abierta a todos los municipios de la provincia y cuenta con una dotación global de 810.000 euros.

Ayudas para proyectos de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en edificios municipales pacenses
La convocatoria de ayudas para financiar la redacción de proyectos de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en edificios municipales en la provincia de Badajoz recibirá solicitudes durante 20 días hábiles desde su publicación en el BOP.

Las bases de la convocatoria se han publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP). El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOP.

El objetivo de esta convocatoria es financiar la redacción de proyectos técnicos para la ejecución de instalaciones fotovoltaicas en edificios municipales. Los proyectos incluirán estudios técnicos necesarios y deberán ejecutarse y pagarse en un plazo de tres meses tras la concesión.

Instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo

La cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria es de 810.000 euros, de los cuales 742.500 euros están destinadas a municipios y 67.500 euros a entidades locales menores. El importe por proyecto no excederá de 4.500 euros (IVA incluido), limitado al 3% del presupuesto de ejecución material según la potencia pico proyectada.

La instalación proyectada deberá ejecutarse sobre cubierta o en estructuras artificiales existentes o futuras cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad; y la potencia nominal, en todo caso, estará comprendida entre 10 y 100 kW nominales, aunque la potencia pico podrá superar hasta en un 25% la potencia nominal, resultando la potencia pico máxima 125 kWp.

Para proyectos con incorporación de almacenamiento se establece una ratio límite de capacidad nominal de almacenamiento frente a potencia de generación de entre 0,5 y 2 kWh/kW, resultando la capacidad nominal máxima de 200 kWh.

La convocatoria no contempla la instalación de sistemas de acumulación en municipios mayores de 5.000 habitantes, no obstante, en caso de que los municipios dentro de este rango de población deseen recoger en los proyectos sistemas de acumulación, podrán hacerlo dentro de los límites de los municipios desde 3.001 y hasta 5.000 habitantes. Para poblaciones menores de 5.000 habitantes se podrá aumentar la potencia nominal fotovoltaica instalada hasta un 90% si no se instalan sistemas de almacenamiento.

La potencia pico a instalar se dimensionará en función de los consumos de los edificios e instalaciones que se vinculen a la instalación, a través de la modalidad de autoconsumos colectivos, asegurando un autoconsumo mínimo de la instalación del 60%. El proyecto deberá recoger todas las actuaciones necesarias para que la instalación resultante pueda acogerse a la modalidad de instalación de autoconsumo colectivo acogida a compensación. Los interesados pueden obtener más información sobre los requisitos en el BOP.

Publicado en: Energías Renovables Etiquetado como: Autoconsumo Energético, Descarbonización, Transición Energética

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