El Real Decreto 314/2023 que desarrolla el procedimiento y los requisitos para otorgar la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. Se trata de una norma destinada a los polígonos industriales que permitirá aumentar la competitividad de las empresas al reducir sus costes energéticos por compartir un mismo punto de acceso al sistema eléctrico.
![Extracto Real Decreto BOE.](https://static.eseficiencia.es/media/2023/04/aprobado-real-decreto-establecimiento-redes-distribucion-energia-electrica-cerradas-texto.png)
Las redes de distribución cerradas son aquellas que suministran energía eléctrica a una zona industrial, según establece la normativa europea. Además, permiten agregar pequeños consumidores con distintas tensiones de red como si fueran un único gran consumidor conectado a una mayor tensión.
En la red podrán participar hasta 100 consumidores no industriales, siempre y cuando tengan relación con las industrias, estén en el interior de la red o sean adyacentes a la misma y no representen más del 2% del consumo eléctrico total.
Empresas pertenecientes a una red de distribución cerrada
De acuerdo con el nuevo Real Decreto, podrán conformar una red de distribución cerrada las empresas industriales pertenecientes a la categoría B o C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y aquellas de los grupos D y E que se computen como industriales a efectos estadísticos.
Los industriales titulares de la red cerrada también tendrán que construirla o compartirla a una compañía distribuidora y serán los responsables de su gestión, de invertir en su mantenimiento y de facturar los peajes, cargos y otros costes a los consumidores conectados a ella, mientras que los comercializadores que vendan electricidad a los miembros de la red cerrada solo facturarán por la energía consumida.