La Agencia Andaluza de la Energía ha convocado una línea de ayudas para eficiencia energética y energías renovables en viviendas, edificios residenciales privados y edificios públicos no residenciales, con un presupuesto de 20,77 millones de euros cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Las solicitudes podrán presentarse a partir del 22 de octubre.

Se trata de la convocatoria de ayudas del programa ‘Sector residencial y edificios e instalaciones públicas’, enmarcado en la Orden de Incentivos para el uso eficiente de la energía (INEA), publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Podrán acceder a la convocatoria ciudadanos, ayuntamientos, comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, autónomos, empresas y empresas de servicios energéticos.
Ayudas para viviendas y edificios residenciales
Con este nuevo programa se apoyan actuaciones de eficiencia energética e incorporación de energías renovables en viviendas y edificios de uso residencial privados, además de proyectos de eficiencia energética en edificios públicos no residenciales. Los porcentajes de incentivo van desde el 25% hasta el 80% en función del tipo de actuación o beneficiario, buscando la mayor incidencia de las ayudas en la mejora energética del parque edificatorio andaluz.
Así, las viviendas y edificios de uso residencial privados (como puede ser el caso de residencias de estudiantes o de ancianos) podrán mejorar su envolvente térmica o renovar sus instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria o iluminación. Como requisito, con las actuaciones deberá mejorarse la calificación energética del edificio en al menos una letra y reducir el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO₂ (en un 20% en el caso de las empresas).
Con el objetivo de facilitar a los ciudadanos la mejora de la eficiencia energética en sus hogares, el incentivo cubre el 50% de la inversión, pudiendo aumentar hasta el 65% si se cumplen determinados requisitos que actúan como intensificadores de la ayuda; es el caso de la incorporación de energías renovables o que la actuación se realice a través de una empresa de servicios energéticos, entre otros. Para el caso de autónomos, micropymes y pequeñas empresas, el porcentaje de incentivo es del 45%, el 35% para medianas y el 25% para grandes empresas; todas ellas cuentan también con intensificadores que pueden aumentar su incentivo hasta en un 15% adicional.
Actuaciones en edificios públicos y renovables
Los edificios públicos de uso no residencial que no estén situados en espacios productivos también podrán recibir apoyo para mejorar su envolvente térmica y sus instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación. Como en el ámbito residencial, las actuaciones deberán elevar la calificación energética al menos una letra y reducir tanto el consumo de energía primaria no renovable como las emisiones de CO₂.
El porcentaje de ayuda para edificios públicos será del 70%, aunque bajará al 30% cuando la entidad local desarrolle una actividad económica, como en el caso de un centro deportivo municipal con cuotas de abonados. Estas ayudas podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales si incorporan energías renovables, entre otros requisitos.
La incorporación de renovables se admite como parte de las actuaciones de eficiencia energética tanto en viviendas y edificios residenciales privados como en edificios públicos no residenciales. Las tecnologías contempladas son solar térmica, fotovoltaica, biomasa y aerotermia, siempre que los equipos o instalaciones renovables no superen el 50% de la inversión.
Además, las viviendas y edificios residenciales privados podrán solicitar ayudas para adquirir nuevos equipos de tecnología solar con instalación de almacenamiento. En este caso, el incentivo será del 55% para particulares, autónomos, micropymes y pequeñas empresas; del 45% para medianas empresas y del 35% para grandes empresas. La ayuda podrá aumentar hasta en un 10% si el solicitante es una comunidad de energías renovables, una comunidad ciudadana de energía o una instalación de autoconsumo colectivo, si interviene una empresa de servicios energéticos o si la actuación se realiza en un municipio de reto demográfico.
Plazos, importes mínimos y anticipos
Los ciudadanos y las entidades públicas que no ejerzan actividad económica podrán solicitar ayudas para actuaciones ya iniciadas, siempre que el comienzo no sea anterior al 1 de mayo de 2025. El resto de beneficiarios no podrá haber realizado gastos ni asumido compromisos antes de presentar la solicitud.
La gestión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva y las solicitudes deberán tramitarse de forma telemática a través de este enlace. El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2027 o hasta que se agoten los fondos.
Para la incorporación de energía solar en viviendas y edificios residenciales privados, el incentivo mínimo a solicitar será de 6.000 euros. En el resto de actuaciones, el importe mínimo será de 10.000 euros.
Los beneficiarios de incentivos superiores a 15.000 euros podrán pedir un anticipo del 15% tras la concesión, sin aportar garantía. Ese anticipo podrá alcanzar el 40% si se presenta una garantía de un banco, una sociedad de garantía recíproca u otra entidad financiera establecida en España, o si está cubierto por una línea de crédito ofrecida como garantía por un organismo público o por el Estado español. Para estos incentivos también se prevé un pago parcial de hasta el 50% del importe concedido, previa justificación documental asociada al 50% de la inversión elegible.