El País Vasco aprueba el proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático

Infografía árboles, casas, sol, molino viento.

Con el objetivo de acelerar el proceso de descarbonización a través de la corresponsabilidad impulsada por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno vasco, el Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi. Este proyecto facilitará la alineación de Euskadi con todas las normativas, políticas y planes con las que ha expresado su compromiso y adhesión en los ámbitos estatal e internacional, y alcanzar así la neutralidad climática y una transición energética justa para el año 2050.

El proyecto pretende que Euskadi alcance la neutralidad climática y una transición energética justa para el año 2050.

Tras su aprobación, el proyecto de ley se remitirá al Parlamento Vasco para su tramitación. El proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi establece por voluntad propia un marco jurídico estable para lograr el objetivo de las cero emisiones netas en Euskadi a más tardar en el año 2050.

Hoja de Ruta 2050

Para que la Ley de Transición Energética y Cambio Climático logre su objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero a 2050, se establece un ritmo en el proceso de transformación, acorde con las directrices internacionales, europeas y estatales, y adaptado al contexto socioeconómico de Euskadi. Con este fin, el Gobierno vasco aprobará la Hoja de Ruta 2050 de Transición Energética y Cambio Climático que, sobre la base del conocimiento científico y tecnológico existente, definirá la senda para alcanzar la neutralidad climática y la resiliencia del territorio.

Esta hoja de ruta deberá estar aprobada en el plazo máximo de 18 meses tras la aprobación de la ley y trazará el itinerario de cumplimiento de las metas fijadas a través de estrategias de transición energética y cambio climático, cuya periodicidad será de una década como máximo, incluyendo objetivos cuantitativos y sectoriales, así como las actuaciones, herramientas y recursos necesarios para alcanzarlos.

Actuaciones de eficiencia energética y energías renovables

Adicionalmente, el proyecto de ley contempla el desarrollo de actuaciones en materia de transición energética como el establecimiento de obligaciones de eficiencia energética y renovables, para empresas, hogares, administración y resto de consumidores; la promoción desde las administraciones públicas de nuevos vectores energéticos procedentes de fuentes renovables, como las tecnologías basadas en hidrógeno verde; la promoción de proyectos relacionados con el almacenamiento de energía, tanto eléctrica como térmica, y de iniciativas que propicien la captura y almacenamiento de CO2; y la aprobación de planes de movilidad sostenible.

Además, la ley contempla otras políticas sectoriales y territoriales, tales como la realización de planes de reducción de emisiones dirigidos a minimizar la huella de carbono en determinados sectores, así como otras medidas específicas por sectores; la integración por parte de las administraciones públicas de reducciones de emisiones y de actuaciones más eficientes en la protección y gestión del medio natural; y la adopción de medidas para la integración de la eficiencia energética y el cambio climático en el ámbito de la ordenación del territorio y la planificación, en la edificación y rehabilitación, así como en la gestión de infraestructuras y equipamientos públicos.

Entre las principales novedades, la nueva ley contempla el uso de la fiscalidad, incentivando fiscalmente las actuaciones que favorezcan la adaptación al cambio climático o la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Transición Energética y Cambio Climático

El texto aprobado contempla otras iniciativas, como la creación de un Registro Vasco de Iniciativas de Transición Energética y Cambio Climático, que será público, y en el que entidades públicas o privadas inscribirán sus actuaciones en acción climática. A su vez, se contempla que los territorios históricos y los municipios vascos de más de 5.000 habitantes deberán elaborar, en el marco de sus competencias, planes de clima y energía que contribuirán a los objetivos del conjunto del territorio.

La ley también contempla la creación de una Oficina de Transición Energética y Cambio Climático, entre cuyos cometidos estará el seguimiento de los objetivos que persigue la ley y el control sobre el cumplimiento de la normativa. Además, se tendrá en cuenta la distribución equitativa de los costes y cargas, con especial atención a los sectores económicos, territorios y población más vulnerables para lograr una transición justa y sostenible que garantice la equidad y la solidaridad.

Asimismo, el Gobierno vasco configurará la Asamblea Ciudadana de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi, regulando mediante decreto su composición, organización y funcionamiento, y se deberá incorporar la perspectiva energética y climática en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la CAPV con el fin de impulsar la participación de la ciudadanía.

 
 
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil