Hasta el próximo lunes 27 de octubre está abierto el plazo para presentar documentación al trámite publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) de consulta pública previa relativa a la transposición de la Directiva (UE) 2024/1711 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por la que se modifican las Directivas (UE) 2018/2001 y (UE) 2019/944 en relación con la mejora de la configuración del mercado de la electricidad de la Unión Europea.

La UE aprobó la citada directiva ante el escenario de la crisis energética vivida en Europa en 2021, con el fin de introducir una serie de cambios en el mercado interior de la electricidad, con el objetivo de aprovechar la participación activa de los consumidores y, al mismo tiempo, incluir una serie de derechos orientados a proteger a los consumidores domésticos ante los precios elevados en períodos de crisis energética.
Por todo ello, ante la necesidad de transponer la mencionada Directiva (UE) 2024/1711 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, el Miteco ha abierto la consulta pública previa para dar respuesta a diferentes cuestiones. El plazo para presentar documentación finaliza el 27 de octubre.
Configuración del mercado eléctrico de la UE
Esta consulta pública previa tiene como fin dar respuesta a varias cuestiones, como qué barreras deben eliminarse para que los consumidores dispongan de varios suministradores de manera simultánea en el mismo periodo de liquidación. En cuanto a la obligación de ofertar precios fijos de duración determinada, si debería aplicarse una excepción para aquellos comercializadores que ofrecen únicamente contratos de precio dinámico; y sobre la realización de test de estrés a los comercializadores para evitar su quiebra en situaciones de escalada de los precios, definir los mecanismos, análisis y/o simulaciones que serían más efectivos para verificar su solvencia y capacidad operativa bajo presión.
Por otro lado, se pregunta sobre las principales barreras que pueden dificultar la implantación del consumo de energía compartido, si debería restringirse geográficamente o si debería regularse como una modalidad de autoconsumo o de manera independiente. Y en relación con los acuerdos de conexión flexibles, se pregunta sobre si los aspectos de la regulación europea deberían incorporarse al proceso de transposición nacional, y sobre qué otros aspectos regulatorios deberían abordarse para dar pleno cumplimiento a la transposición de la Directiva (UE) 2024/1711 en relación con la mejora de la configuración del mercado de la electricidad de la Unión Europea.