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Aprobada la prórroga de medidas en materia energética para consumidores vulnerables

Publicado: 05/02/2026

El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el Real Decreto-ley por el que se prorrogan medidas en materia de vivienda para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. En materia energética, los descuentos a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, así como la garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.

Los descuentos a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.

Concretamente, se extiende el periodo de suspensión de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables económica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2026. Se mantiene así el escudo que protege a las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas sobrevenidas, no pueden afrontar el pago del alquiler.

Las personas propietarias de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) no se verán afectadas por la prórroga de este escudo social: corresponderá a los servicios sociales competentes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia.

Medidas en materia energética

En materia energética los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica recogidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, serán los siguientes con carácter excepcional, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026: el descuento para el consumidor vulnerable será del 42,5%, y en el caso del consumidor vulnerable severo, el descuento será del 57,5%.

En aquellos casos en los que se hayan emitido facturas por periodos que incorporen días comprendidos entre el 27 de enero de 2026 y el de la entrada en vigor de este real decreto-ley, las comercializadoras de referencia incorporarán en la siguiente factura que emitan tras la entrada en vigor de este real decreto-ley las cantidades por las diferencias que resulten de aplicar los descuentos a dichos días. Por orden ministerial, en el mes siguiente a la entrada en vigor de este real decreto-ley, se ajustarán los valores unitarios del bono social eléctrico para el año 2026, con arreglo a los descuentos establecidos en el mismo.

Además, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, la garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2026.

Publicado en: Eficiencia Energética Etiquetado como: Ayudas y Subvenciones, Energía Eléctrica, Factura Energética, Normativa, Pobreza Energética, Política Energética, Suministro Energético

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