El Ministerio para la Transición Ecológica abre el plazo para formular alegaciones al Real Decreto de Autoconsumo

El Ministerio para la Transición Ecológica abre el plazo para formular alegaciones al Real Decreto de Autoconsumo.

El Ministerio para la Transición Ecológica ha abierto el plazo para formular alegaciones al Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. El periodo de alegaciones, que se abrió el pasado martes 29 de enero, y es de ocho días hábiles, estará abierto hasta el próximo viernes 8 de febrero.

El 7 de diciembre se aprobó el Acuerdo de Consejo de Ministros que autorizaba la tramitación urgente del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo.

El Ministerio que dirige Teresa Ribera recuerda en una nota publicada en su página web que se ha realizado una modificación en la regulación del autoconsumo con el objetivo de que los consumidores, productores, y la sociedad en su conjunto, puedan beneficiarse de las ventajas de esta actividad, en términos de menores necesidades de red, mayor independencia energética y menores emisiones de gases de efecto invernadero.

Necesidad de regular varios aspectos

El propio real decreto-ley recoge la necesidad de aprobar un reglamento que regule varios aspectos, entre los que cabe destacar las configuraciones de medida simplificadas, las condiciones administrativas y técnicas para la conexión a la red de las instalaciones de producción asociadas al autoconsumo, los mecanismos de compensación entre déficit y superávit de los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta 100 kW, y la organización del registro administrativo.

En cuanto al carácter de urgencia de la tramitación, recuerda el Ministerio para la Transición Ecológica que el Real Decreto-ley 15/2018 de 5 de octubre, en su disposición final cuarta sobre habilitación para el desarrollo reglamentario, recoge que “el Gobierno dictará en el plazo máximo de tres meses, desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, cuantas disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el artículo 18”, artículo que recoge el contenido relativo al autoconsumo.

Tramitación urgente

El pasado 7 de diciembre, se aprobó el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se autorizaba la tramitación urgente del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo.

Las alegaciones a la propuesta se deberán enviar a la dirección de correo electrónico Bzn-autoconsumo@miteco.es indicando en el asunto “RD Autoconsumo [ALEGANTE]”.

 
 
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