Aprobada la normativa para regular los programas de ayudas de rehabilitación residencial y nuevas deducciones fiscales

Aprobación del Consejo de Ministros

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social, que permiten implementar dos de las principales inversiones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), dotadas con 4.420 millones de euros. La cifra incluye 450 millones de euros destinados a financiar los incentivos fiscales a la rehabilitación.

El Consejo de Ministros ha probado dos reales decretos para impulsar la rehabilitación energética residencial.

La normativa regula el desarrollo de las inversiones C02.I01 ‘Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales’, con un presupuesto de 3.420 millones de euros, y C.02.I02 ‘Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes’, que cuenta con 1.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliciencia (MRR) aprobado por la Unión Europea. Las inversiones forman parte del Componente 2 del PRTR ‘Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana’, dotado con 6.820 millones de euros.

El paquete de medidas que abarca esta norma incluye ayudas para la rehabilitación de viviendas y urbanización o reurbanización de espacios públicos o barrios, orientadas a incentivar obras en edificios para mejorar la eficiencia energética cubriendo hasta el 80% del coste según el ahorro conseguido y para fomentar la mejora energética en viviendas individuales que pueden cubrir hasta el 40% del coste.

En concreto, el nuevo Real Decreto articula los planes en seis programas. Los cinco primeros están vinculados a las actuaciones en materia de rehabilitación: el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, el programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación, el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, el programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética de viviendas, y el programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. El sexto programa se dirige a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

El Mitma procederá a transferir este año a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla un total de 1.151 millones de euros, para que puedan aplicar los diferentes programas de rehabilitación residencial, y realizar las convocatorias de ayudas en sus respectivos ámbitos territoriales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto.

Medidas urgentes para impulsar la rehabilitación edificatoria

Además del Real Decreto-Ley por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social, el Consejo de Ministros también ha aprobado el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del PRTR. Se introducen nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales.

Estas deducciones, vigentes desde el mismo día de publicación del Real Decreto-Ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplicarán sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través del certificado de eficiencia energética.

Se trata de una medida que forma parte del PRTR, ‘Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales’, dotado con 3.420 millones de euros, de los que 450 millones se destinarán inicialmente para financiar los incentivos fiscales.

Deducciones fiscales

El nuevo Real Decreto-Ley aprobado introduce tres tipos de deducciones. En primer lugar, se establece la deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda habitual, según el certificado de eficiencia energética de la vivienda. Debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

En segundo lugar, se determina una deducción del 40% por actuaciones de rehabilitación o mejora que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras A o B en vivienda habitual, en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40%, de hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

En ambos casos, el periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del real decreto hasta el 31 de diciembre de 2022

En tercer lugar, se aplicará la deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras A o B en edificios residenciales. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta el 31 de diciembre de 2023, y deben ser actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio.

El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

Mejoras normativas para las comunidades de propietarios

Además de las deducciones fiscales, en el nuevo Real Decreto-Ley se introducen mejoras en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, para facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. En concreto, se modifica el régimen aplicable a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio, estableciendo un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para ello.

Con la nueva normativa, también se refuerza la capacidad de actuación de comunidades de propietarios para el acceso al crédito para obras de rehabilitación y mejora de los edificios, con el fin de que tengan plena capacidad jurídica para la formalización de estos créditos.

Nueva línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO)

Asimismo, se aprueba la creación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

Con esta nueva línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que se desarrollará a través de un convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), se cubrirán parcialmente los riesgos de los préstamos concedidos por parte de las entidades financieras privadas destinados a actuaciones de rehabilitación de edificios de vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. En concreto, a través de esta nueva línea se podrán conceder avales por un importe de hasta 1.100 millones de euros.

 
 
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil