El Consejo Europeo amplía sus objetivos en materia de eficiencia energética y energías renovables

El Consejo Europeo ha adoptado medidas sobre dos propuestas que abordan los aspectos energéticos de la transición climática de la UE en el marco del paquete de medidas ‘Fit for 55’: la Directiva sobre energías renovables y la Directiva sobre eficiencia energética. Los acuerdos alcanzados allanan el camino para que el Consejo pueda iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo.

Las nuevas medidas en materia de eficiencia energética y energías renovables buscan reducir el consumo energético de la EU y lograr un aumento gradual del ahorro energético.

La producción y el consumo de energía representan el 75% de las emisiones de la UE, y la fijación de estos objetivos más ambiciosos constituirá una contribución importante a la consecución del objetivo general de la UE de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990.

Medidas en eficiencia energética

El Consejo ha acordado reducir el consumo final de la energía a escala de la UE en un 36% y un 39% para el consumo de energía primaria de aquí a 2030. Los objetivos utilizan una nueva base de referencia y corresponden a un objetivo de reducción del 9% con respecto a 2020.

Además, ha decidido que todos los Estados miembros contribuyan a alcanzar el objetivo global de la UE mediante contribuciones y trayectorias nacionales indicativas, establecidas por los Estados miembros en sus planes nacionales integrados de energía y clima (PNEC), que se actualizarán en 2023 y en 2024.

La Comisión calculará si todas las contribuciones se suman al objetivo del 9% y, de no ser así, efectuará correcciones a las contribuciones nacionales que sean inferiores de lo que hubieran sido aplicando la fórmula. La fórmula se basa, entre otras cosas, en la intensidad energética, el PIB per cápita, el desarrollo de las energías renovables y el potencial de ahorro energético.

También se ha acordado un aumento gradual del objetivo de ahorro energético para el consumo final de energía. Los Estados miembros registrarían un ahorro del 1,1% del consumo anual de energía final a partir del 1 de enero de 2024, el 1,3% a partir del 1 de enero de 2026, y el 1,5% a partir del 1 de enero de 2028, con la posibilidad de transferir al período siguiente un máximo del 10% del exceso de ahorro. Asimismo se ha incluido la posibilidad de contabilizar, en el cálculo del objetivo, el ahorro de energía obtenido mediante tecnologías de combustión de combustibles fósiles en el sector industrial en casos debidamente justificados confirmados por auditorías energéticas.

Por otro lado, se establece una obligación específica para el sector público de lograr una reducción anual del consumo de energía del 1,7%, o bien de al menos un 1,9% anual si se excluyen el transporte público o las fuerzas armadas, que sería vinculante cuatro años después de la entrada en vigor del Reglamento, empezando gradualmente por los municipios más grandes.

De la misma manera, los Estados miembros tendrán que renovar, cada año, al menos el 3% de la superficie edificada total de los edificios propiedad de todos los niveles de la administración pública.

Finalmente se ha añadido una disposición sobre la transparencia del consumo energético de los centros de datos. Los centros de datos estarán obligados a publicar cada año, a partir de 2024, información sobre su consumo energético. La Comisión creará una base de datos pública de la UE que recopilará información sobre el consumo energético de los centros de datos.

Energías renovables

En el área de las energías renovables se ha acordado fijar un objetivo vinculante a escala de la UE de alcanzar el 40% de energía procedente de fuentes renovables en la combinación energética global de aquí a 2030. El objetivo actual a escala de la UE es de al menos el 32%.

Además, se aumentarán gradualmente los objetivos en materia de energías renovables para la calefacción y la refrigeración, con un aumento vinculante del 0,8% anual a escala nacional hasta 2026 y del 1,1% de 2026 a 2030.

Por último, se ha fijado un objetivo indicativo de un aumento medio anual del 1,1% en el uso de energías renovables para la industria; un objetivo indicativo de una cuota mínima del 49% de energías renovables en el sector de la construcción; y reforzar los criterios de sostenibilidad para la biomasa con el fin de reducir el riesgo de producción no sostenible de bioenergía.

 
 
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