Audiencia pública de las ayudas para sustituir por renovables los combustibles fósiles en la industria

Extracto convocatoria ayudas Miteco.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha sacado a información pública el proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras y el programa de incentivos para la concesión de ayudas a instalaciones de cogeneración y tratamiento de residuos que sustituyan combustibles fósiles (gas natural, fuelóleo y gasóleo) por renovables en la producción de electricidad y calor útil para sus procesos industriales.

Las alegaciones pueden realizarse hasta el 3 de febrero.

Esta nueva convocatoria de ayudas, enmarcada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que moviliza los fondos Next Generation EU, contará con un presupuesto de 50 millones de euros. Además, es una medida alineada con el Plan Más Seguridad Energética (Plan +SE).

Acciones subvencionables

Serán subvencionables aquellos proyectos de producción de energías renovables, de forma individual o con combinaciones de instalaciones. Así, son elegibles instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biomasa, biogás, energía eólica, hidroeléctrica o solar fotovoltaica. En el caso de la producción de energía térmica, se incluyen instalaciones de biomasa, biogás, geotermia, hidrotermia, aerotermia o energía solar térmica.

El importe de las ayudas va desde los 50.000 hasta los 15 millones euros por proyecto. En cuanto a la intensidad de las subvenciones, podrá cubrir hasta el 65% del proyecto con un incremento según el tipo de empresa, 10% adicional si es pequeña, 5% en el caso de mediana empresa, y otro 5% adicional si se ubica en un municipio de Reto Demográfico.

Las alegaciones podrán remitirse hasta el 3 de febrero a: bzn-renovableseyc@miteco.es, indicando en el asunto: ‘Información pública incentivos producción electricidad y calor renovable en sustitución fósiles’.

Cuatro criterios de valoración

Se han establecido cuatro criterios de valoración para seleccionar los proyectos que podrán recibir la subvención. En primer lugar, se sitúa el criterio económico, buscando los proyectos más eficientes. Después el criterio régimen retributivo restante, que consiste en buscar primar aquellas instalaciones con mayor tiempo restante a la cogeneración existente, para favorecer aquellos proyectos que vayan a suponer un mayor ahorro de emisiones, así como mayor ahorro económico para el conjunto de los consumidores.

En tercer lugar, está el criterio operacional, apoyando los proyectos que busquen optimizar el aprovechamiento de la energía generada, según el modo de utilización de la producción (almacenamiento, autoconsumo íntegro, producción térmica) y la sustitución de la planta existente con ahorro de energía primaria.

Finalmente, en línea con los objetivos del PRTR, se tendrán en cuenta externalidades positivas, como el impacto beneficioso en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, en pymes y en el ámbito social, promoviendo el empleo y la actividad local y la equidad de género.

 
 
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