La Unión Europea acuerda reformar el mercado eléctrico para mejorar la protección de los consumidores

Acuerdo del Consejo Europeo para modificar la configuración del mercado de la electricidad de la UE

El objetivo de la reforma es hacer que los precios de la electricidad dependan menos de la volatilidad de los precios de los combustibles fósiles, proteger a los consumidores de las subidas bruscas de precios, acelerar la implantación de las energías renovables y mejorar la protección de los consumidores.

El Consejo Europeo ha alcanzado un acuerdo sobre la propuesta para modificar la configuración del mercado de la electricidad de la UE. El objetivo de la reforma es hacer que los precios de la electricidad dependan menos de la volatilidad de los precios de los combustibles fósiles, proteger a los consumidores de las subidas bruscas de precios, acelerar la implantación de las energías renovables y mejorar la protección de los consumidores.

El Consejo Europeo ha acordado nuevas medidas para reformar el diseño del mercado de la electricidad y proteger a los ciudadanos y las empresas de las subidas de los precios de la energía.

La propuesta forma parte de una reforma más amplia de la configuración del mercado de la electricidad de la UE que también incluye un Reglamento centrado en mejorar la protección de la Unión Europea contra la manipulación del mercado mediante la mejora del seguimiento y la transparencia (RITME). En el Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía del 19 de junio de 2023 se acordó una orientación general sobre este Reglamento. La Comisión Europea adoptó las propuestas sobre la reforma de la configuración del mercado de la electricidad de la UE el 14 de marzo de 2023.

Este acuerdo del Consejo Europeo permitirá iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo para alcanzar un acuerdo definitivo.

Protección de los consumidores

El Consejo Europeo ha acordado reforzar la protección de los consumidores estableciendo la libre elección del suministrador y la posibilidad de acceder a tarifas dinámicas de la electricidad y a contratos de duración determinada y a precios fijos, a menos que los suministradores no ofrezcan contratos fijos y siempre que esto no reduzca la disponibilidad global de contratos fijos.

También ha acordado unas normas más estrictas que las anteriores para los suministradores en sus estrategias de cobertura de precios para proteger a los clientes de las fluctuaciones de los mercados mayoristas. Ha acordado proteger a los clientes vulnerables de las desconexiones mediante el establecimiento de sistemas de ‘proveedor de último recurso’ para garantizar la continuidad del suministro al menos a los clientes domésticos, cuando todavía no existan tales sistemas.

Además se ha acordado que todos los clientes tengan derecho a sistemas de uso compartido de la energía (uso, uso compartido y almacenamiento de energía autogenerada) y que todos los derechos de los consumidores se extiendan a los clientes finales que participen en sistemas de uso compartido de la energía.

Precio de la energía

Los Estados miembros pueden, con arreglo a las normas actuales, aplicar precios regulados a los hogares en situación de pobreza energética y vulnerables y, como medida de transición, a los hogares y las microempresas, con independencia de que se produzca o no una crisis de precios de la electricidad. La reforma añade la posibilidad de optar temporalmente por la aplicación de precios regulados, incluso inferiores al coste, a las pymes en tiempos de crisis.

Los Estados miembros han reforzado el papel del Consejo a la hora de declarar una crisis temporal de precios a escala regional o de la Unión. También han modificado las condiciones para declarar una crisis de los precios de la electricidad, de modo que pueda declararse una crisis cuando se espere que los precios medios de la electricidad al por mayor sean muy elevados durante al menos seis meses, y cuando se espere que los fuertes aumentos de los precios de la electricidad al por menor se mantengan durante al menos tres meses.

El Consejo Europeo ha acordado que los Estados miembros podrán aplicar un tope a los ingresos excesivos de mercado procedentes de la electricidad de productores con costes marginales más bajos, como las energías renovables, la energía nuclear y el lignito (productores inframarginales) hasta el 30 de junio de 2024, en las mismas condiciones que la medida de emergencia relativa a los ingresos inframarginales adoptada el 6 de octubre de 2022.

Estabilizar los mercados de la electricidad

El objetivo de la reforma es estabilizar los mercados de la electricidad a largo plazo impulsando el mercado de contratos de compraventa de energía mediante la generalización de los contratos bidireccionales por diferencia y la mejora de la liquidez del mercado de futuros. El Consejo Europeo ha acordado que los Estados miembros fomenten los contratos de compraventa de energía, eliminando los obstáculos injustificados y los cargos o procedimientos desproporcionados o discriminatorios. Las medidas pueden incluir sistemas de garantía respaldados por el Estado a precios de mercado, garantías privadas e instrumentos o estructuras que agrupen la demanda de contratos de contratos de compraventa de energía.

El Consejo Europeo ha acordado que los contratos bidireccionales por diferencia (contratos a largo plazo celebrados por entidades públicas para apoyar las inversiones, que complementan el precio de mercado cuando es bajo y piden al productor que reembolse un importe cuando el precio de mercado supera un determinado límite, con el fin de evitar beneficios extraordinarios excesivos) sean el modelo de uso obligatorio para los contratos a largo plazo con participación de financiación pública, con algunas excepciones.

Los contratos bidireccionales por diferencia se aplicarían a las inversiones en nuevas instalaciones de generación de electricidad que utilicen energía eólica, energía solar, energía geotérmica, energía hidroeléctrica sin embalse y energía nuclear. Esto proporcionaría previsibilidad y seguridad.

 
 
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil