España responderá ante el Tribunal de Justicia Europeo por no garantizar la medición individual en edificios con calefacción central

Tribunal de Justicia de la UE.

La Comisión Europea ha decidido remitir a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no garantizar la medición individual en edificios multirresidenciales con calefacción central, tal y como establece la Directiva de Eficiencia Energética (Directiva 2012/27/UE). España podría enfrentarse a importantes sanciones financieras por el incumplimiento de la Directiva.

En cumplimiento de los tratados de la UE, la Comisión Europea podría proponer al Tribunal de Justicia la imposición de sanciones financieras a España por el incumplimiento de la Directiva de Eficiencia Energética.

Según el comunicado emitido por la CE ayer, 7 de marzo, la Directiva requiere la instalación de medidores individuales para calefacción, refrigeración y agua caliente doméstica para todos los edificios de viviendas donde los ocupantes reciben estos servicios desde una instalación colectiva (como una caldera común). Esto se aplica, donde sea técnicamente viable y rentable, para todos los edificios existentes.

Sin embargo, las medidas de transposición nacionales españolas imponen este requisito sólo con respecto a los nuevos edificios (construidos después de 2007). En los edificios donde los medidores de calor no son una solución técnicamente viable o rentable para la calefacción de espacios, la Directiva establece que en su lugar deben utilizarse repartidores de costos de calor montados en cada radiador. No obstante, este requisito tampoco ha sido correctamente transpuesto por España. Las respectivas normas de la UE deberían haber sido adaptadas a la legislación nacional antes del 5 de junio de 2014.

Medidas vinculantes para alcanzar los objetivos de 2020

La CE recuerda que la Directiva establece un conjunto de medidas vinculantes para ayudar a la UE a alcanzar su objetivo de eficiencia energética del 20% para 2020. Según la Directiva, todos los estados  deben utilizar la energía de manera más eficiente en todas las etapas de la cadena energética, desde la producción hasta el consumo final.

Los requisitos de medición y facturación individual ofrecen a los consumidores incentivos para regular de forma eficiente su uso de energía y reducir sus consumos. Asimismo, estas normas permiten a los estados miembros adaptar los requisitos en función de la viabilidad técnica y la eficacia, con el fin de garantizar que sólo sea aplicado cuando generen un beneficio neto para el edificio en su conjunto.

Procedimiento de infracción

En octubre de 2017, la Comisión abrió el procedimiento de infracción de la UE contra España enviando una carta de notificación formal, seguida de un dictamen motivado en marzo de 2018 . En dicha notificación se pedía a España que asegurase la correcta implementación de la legislación de la UE sobre eficiencia energética en lo referente a la instalación de medidores individuales o repartidores de costos de calefacción en edificios multirresidenciales con calefacción central, dando a España dos meses para responder.

Tras dicha notificación formal, la CE dio el siguiente paso en el procedimiento de infracción, emitiendo en marzo de 2018 el dictamen por el que se solicitaba formalmente la correcta transposición a la legislación española de estos requisitos. En ese momento, se volvió a dar un plazo de dos meses para que España cumpliera con el dictamen, advirtiendo de que la CE podría decidir remitir a España ante el Tribunal de Justicia de la UE en caso de incumplimiento.

Sanciones financieras por incumplimiento

Según los tratados de la UE, si el Tribunal determina que un país ha infringido la legislación de la UE, este organismo podrá imponer a dicho estado sanciones que podrían llegar a ser millonarias.

Si el Estado miembro no toma las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia, la Comisión puede abrir otro caso de infracción con sólo una advertencia por escrito antes de devolver al estado miembro ante el Tribunal. En ese caso, la Comisión puede proponer al Tribunal de Justicia que imponga sanciones financieras basándose en la duración y la gravedad de la infracción y el tamaño del estado miembro.

 
 
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