El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha abierto el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético. La iniciativa busca modificar el sistema de CAE ampliando los plazos para cumplir obligaciones en 2026 y ajusta también normas sobre la certificación energética de edificios.
El plazo para presentar documentación a este trámite está abierto hasta el 19 de mayo de 2026. Las alegaciones deberán remitirse exclusivamente a través de un formulario web.
Modificación del sistema de Certificados de Ahorro Energético
La primera modificación afecta a la disposición transitoria primera del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero. El cambio se plantea tras la aprobación del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que ha alterado los hitos de cumplimiento de las obligaciones del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
Ese Real decreto-ley amplía hasta el 31 de marzo del año siguiente el plazo para la liquidación de las obligaciones mediante aportación económica o mediante Certificados de Ahorro Energético (CAE). No obstante, la ampliación empezará a aplicarse a partir del ejercicio 2027, lo que genera un desfase temporal para el ejercicio 2026.
Para evitar esa disfunción, el proyecto propone ampliar de tres a cinco años el periodo durante el cual se permite liquidar Certificados de Ahorro Energético después del 31 de diciembre.
Cambios en la certificación energética de edificios
El texto incorpora una segunda modificación vinculada al Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, que reformó el marco establecido por el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, sobre certificación de la eficiencia energética de los edificios. El Real Decreto 390/2021 definía a los técnicos competentes en función de las condiciones recogidas en su artículo 2.u), asociadas a determinadas titulaciones habilitantes. Posteriormente, el Real Decreto 659/2025 introdujo un modelo basado en conocimientos y cualificaciones profesionales necesarios para elaborar certificados de eficiencia energética.
Ese nuevo régimen se articula en el artículo 4 bis e incluye, en determinados casos, la acreditación de formación específica impartida por entidades reconocidas previamente por la administración autonómica. También contempla la posibilidad de acreditar que los contenidos exigidos en el anexo II se han cursado dentro de los títulos correspondientes.
Además, incorpora la obligación de que los profesionales se acrediten previamente como técnicos competentes mediante una declaración responsable, de acuerdo con el artículo 4 ter. También prevé que la administración competente registre a estos profesionales acreditados conforme al artículo 4 quáter.
La aplicación efectiva de estas obligaciones requiere instrumentos técnicos y organizativos específicos. La documentación del trámite señala que dichos instrumentos están en desarrollo, pero que no puede garantizarse que estén plenamente operativos en la fecha inicialmente prevista para la entrada en vigor de la norma.
Por ese motivo, el proyecto plantea modificar la entrada en vigor del Real Decreto 659/2025 con el fin de garantizar la viabilidad práctica del nuevo régimen establecido y permitir su correcta aplicación, seguimiento y control por parte de la administración competente.
Por otro lo anterior, de conformidad con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en aplicación de los principios de transparencia y participación, se ha sometido este proyecto de real decreto al trámite de audiencia e información pública a fin de recabar las aportaciones de los sujetos potencialmente afectados.
