Baleares amplía el plazo para finalizar las obras de mejora energética de edificios de viviendas

El Gobierno de las Islas Baleares ha ampliado hasta el 30 de junio de 2028 el plazo para terminar las actuaciones financiadas con las ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética de edificios de viviendas con fondos europeos Next Generation EU. La medida, gestionada a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, concede dos años adicionales respecto al calendario inicialmente previsto.

El BOIB ha publicado la resolución con la ampliación del plazo para la finalización de las actuaciones financiadas con este programa hasta el 30 de junio de 2028.

La prórroga afecta a un programa cuyas solicitudes ya están cerradas y cuyos fondos se agotaron. En concreto, al programa que aglutina el Programa 3 de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Edificio, y el Programa 4 de Ayuda a las Actuaciones de Mejora de la Eficiencia Energética en Viviendas. En total, el Gobierno concedió 57,7 millones de euros en ayudas para actuaciones de rehabilitación de edificios de viviendas y mejora de su eficiencia energética.

Prórroga para las obras de rehabilitación energética de viviendas

El plazo anterior para finalizar las actuaciones vencía el 30 de junio de 2026. Con la ampliación aprobada, los beneficiarios disponen de margen hasta el 30 de junio de 2028 para completar las obras subvencionadas, tanto si ya están en ejecución como si todavía no han comenzado. El objetivo es dar más margen a las comunidades y promotores beneficiarios para completar las obras en ejecución o aquellas que todavía no se hayan iniciado, y facilitar así el aprovechamiento de las subvenciones concedidas dentro de este programa.

La ampliación del plazo se ha formalizado mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). La resolución también modifica el calendario de justificación de las actuaciones. La documentación acreditativa de la finalización de las obras y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá presentarse antes del 31 de octubre de 2028.

Los beneficiarios deberán presentar la documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención antes del 31 de octubre de 2028. Este trámite será necesario para justificar correctamente las obras financiadas con cargo al programa.

 
 
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil