El Gobierno aprueba la Reforma Eléctrica

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos para reducir costes y aumentar el control y la eficiencia del transporte y la distribución de energía eléctrica, que se enmarca dentro de la reforma energética emprendida para reducir los costes del sistema y lograr un precio de la electricidad lo más competitivo posible.

La actividad de transporte se encarga de llevar la electricidad desde su punto de generación hasta el punto de distribución mediante grandes redes de alta tensión. Las distribuidoras, de llevar la electricidad hasta el consumidor mediante redes de menor tensión. Ambas actividades están reguladas y se pagan mediante una retribución que forma parte de los costes del sistema eléctrico. La reducción de estos costes y la mejora de la planificación de los mismos forman parte de los objetivos de la reforma eléctrica incluidos en la nueva ley del Sector Eléctrico aprobada este mes por el Congreso.

Red de transporte

La norma aprobada establece una metodología para remunerar la construcción, operación y el mantenimiento de las redes de transporte. La metodología busca ser clara, estable y predecible, garantizando una rentabilidad adecuada que contribuya a aportar estabilidad regulatoria y reducir los costes de financiación de la actividad de transporte. La normativa prevé una revisión del conjunto de parámetros técnicos y económicos por periodos regulatorios de seis años de duración e introduce incentivos a la mejora de la eficacia de la gestión, la eficiencia económica y técnica del sistema y de la disponibilidad de las redes. La normativa es además homogénea para todo el territorio español.

Principales novedades:

Red de distribución

La metodología determina la cuantía a retribuir a las empresas que desarrollan la actividad de distribución de energía eléctrica. Esta retribución incluye los pagos por los derechos por acometidas, enganches, verificaciones, alquiler de aparatos de medida, realización de estudios de conexión y de acceso y demás actuaciones necesarias para atender los requerimientos de los usuarios.

El objetivo de la normativa es contar con una metodología para determinar la cuantía a retribuir a las empresas que desarrollan la actividad de distribución de energía eléctrica estable y predecible que garantice, bajo unos criterios homogéneos en todo el territorio español, una rentabilidad adecuada al menor coste posible para el sistema.

El conjunto de parámetros técnicos y económicos se revisará por periodos regulatorios de seis años de duración.

Principales novedades:

Control de la inversión

Tanto las empresas distribuidoras como las empresas de transporte presentarán al Ministerio de Industria, Energía y Turismo sus planes de inversión anuales y plurianuales para su aprobación. Asimismo, presentarán a las CCAA afectadas el plan de actuaciones cuya autorización sea de su competencia.

La Secretaría de Estado de Energía, previo informe de la CNMC, determinará el volumen máximo de inversión autorizado anualmente a cada empresa. La inversión anual autorizada tendrá un límite máximo global del 0,065% del PIB para el transporte y del 0,013% del PIB para la distribución.

El sobrecoste derivado de normativas autonómicas o locales específicas no será sufragado por la tarifa eléctrica.

La norma establece una limitación de desviaciones frente al estándar establecido, reconociendo sólo parcialmente el sobrecoste, que deberá estar debidamente justificado y auditado. Se realizará un control de la inversión realmente realizada, debiendo presentar las empresas un informe de auditoría externo.

Además, se minorará el volumen de inversión en caso de incumplimiento de los planes previstos y se establece la posibilidad de adelantar la construcción de una instalación, siempre que ésta estuviera prevista y que no sea a cargo del sistema.

 

 
 
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