Andalucía tiene abierto el plazo para solicitar ayudas destinadas a mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales privados, una línea dotada inicialmente con unos 11 millones de euros. Los incentivos forman parte del programa ‘Sector residencial y edificios e instalaciones públicas’, integrado en la Orden de Incentivos para el uso eficiente de la energía (INEA), gestionada por la Agencia Andaluza de la Energía y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Las ayudas están dirigidas a particulares, comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, autónomos, empresas y empresas de servicios energéticos, de acuerdo con los requisitos aplicables a cada beneficiario.
Actuaciones subvencionables para mejorar la eficiencia energética
El programa contempla intervenciones destinadas a reducir la demanda y el consumo energético de viviendas y edificios residenciales privados. Entre ellas figuran la mejora del aislamiento térmico de fachadas, cubiertas o techos en contacto con espacios no acondicionados, la sustitución de ventanas por otras con mejores prestaciones y la incorporación de elementos de protección solar, como toldos o persianas. También pueden recibir incentivos las actuaciones de renovación de los sistemas de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación interior o exterior, siempre que cumplan las condiciones técnicas y energéticas establecidas en la convocatoria.
Para acceder a las ayudas, las actuaciones deberán mejorar al menos una letra la calificación energética del edificio y reducir el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO₂. En el caso de las empresas, la reducción exigida del consumo energético deberá alcanzar al menos el 20%.
Los proyectos de mejora de la eficiencia energética también podrán incorporar instalaciones de energías renovables, como solar térmica y fotovoltaica, biomasa o aerotermia, siempre que contribuyan a mejorar la calificación energética y no superen el 50% de la inversión total solicitada. Para estos proyectos, el incentivo mínimo a solicitar es de 10.000 euros.
La Agencia Andaluza de la Energía ha publicado un catálogo de proyectos con ejemplos de actuaciones admisibles. Incluye instalaciones de aerotermia para climatización o agua caliente sanitaria, sistemas solares térmicos, calderas de biomasa que utilicen pellets o hueso de aceituna, sustitución de equipos de iluminación por otros más eficientes y sistemas de control por zonas con detectores de presencia.
Porcentajes de las ayudas para viviendas y edificios residenciales
Los particulares podrán recibir, con carácter general, un incentivo del 50% de la inversión subvencionable en mejoras energéticas de viviendas y edificios residenciales privados. Este porcentaje podrá elevarse al 65% cuando concurran determinados requisitos que permiten incrementar la ayuda, como la incorporación de energías renovables.
En el sector privado, los incentivos parten del 45% para autónomos, microempresas y pequeñas empresas, del 35% para medianas empresas y del 25% para grandes empresas. Estos porcentajes podrán incrementarse hasta en 15 puntos porcentuales adicionales, según las condiciones establecidas en la convocatoria.
Las cuantías aplicables dependerán de la naturaleza de la actuación, del tipo de beneficiario y del cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos previstos en el programa.
Anticipos y plazo de solicitud
Los ciudadanos que no desarrollen una actividad económica podrán solicitar ayudas para actuaciones ya iniciadas, siempre que hayan comenzado después del 1 de mayo de 2025 y no hayan finalizado antes de presentar la solicitud. El resto de los beneficiarios no podrá haber realizado gastos ni asumido compromisos antes de solicitar el incentivo.
Las solicitudes se tramitan de forma telemática en régimen de concurrencia no competitiva. El plazo comenzó el 22 de octubre de 2026 y la fecha límite prevista en la convocatoria es el 30 de septiembre de 2027, aunque la presentación podrá cerrarse antes si se agota el presupuesto disponible.
Cuando el incentivo concedido supere los 15.000 euros, los beneficiarios podrán solicitar un anticipo del 15% sin aportar garantía, o del 40% si presentan una garantía de un banco, una Sociedad de Garantía Recíproca u otra entidad financiera establecida en España, o si están cubiertos por una línea de crédito ofrecida como garantía por un organismo público o el Estado español.
También podrán solicitar un pago parcial de hasta el 50% del incentivo concedido, una vez justificada documentalmente la inversión elegible correspondiente.
