La Comunidad Valenciana convoca ayudas para mejorar la eficiencia energética de las viviendas

Según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), la Generalitat Valenciana ha aprobado las bases para la concesión de subvenciones de los programas de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de los fondos Next Generation EU, y su convocatoria para el ejercicio 2023. Las ayudas cuentan con 62.363.567 euros para la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética de las viviendas.

Las solicitudes podrán presentarse desde el 6 de junio hasta el 28 de diciembre de 2023.

Las ayudas pueden alcanzar una subvención de hasta 26.750 euros por vivienda. Los programas engloban las ayudas a nivel de edificio, a nivel de vivienda, para la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación y para la redacción de proyectos de rehabilitación.

Rehabilitación de edificios y mejora de la eficiencia energética

A nivel de edificio, las ayudas comprenden la rehabilitación del edificio, la complementaria a la rehabilitación de edificio para la retirada de residuos de amianto y la ayuda personal y la de la Generalitat Valenciana por motivos de vulnerabilidad.

En cuanto a las subvenciones a nivel de vivienda integran la mejora de la eficiencia energética y la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuarse a los valores de la medida de calor y de permeabilidad al aire.

Por su parte, en las ayudas a la elaboración del Libro del Edificio Existente y de la redacción de proyectos se recogen subvenciones destinadas a la implantación y generalización del libro y de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.

La finalidad de todas estas ayudas consiste en la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial, tanto en ámbito urbano como rural, en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva (incluyendo sus viviendas) y en las viviendas ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.

Agente y gestor de rehabilitación

También resulta fundamental, en esta convocatoria, la presencia del agente y gestor de la rehabilitación para facilitar la tramitación de las ayudas y la ejecución de las obras, ya que la práctica totalidad de las actuaciones de rehabilitación de edificios en la Comunidad Valenciana las realizan las comunidades de propietarios dada la estructura del parque inmobiliario residencial.

El agente de la rehabilitación tiene un perfil empresarial con capacidad económica y técnica suficiente para la ejecución de obras de rehabilitación. El gestor de la rehabilitación tiene un perfil principalmente técnico, con un conocimiento del proceso edificatorio y de los factores que influyen en la mejora de la eficiencia energética de los edificios.

Plazos de presentación y concesión de las ayudas

En cuanto a las condiciones para la concesión de ayudas de edificio, la orden recoge que al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, que se obtenga una reducción de al menos el 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable mediante certificación de eficiencia energética, y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios en edificios de residencia colectiva.

Además, serán subvencionables las obras a ejecutar o ejecutadas siempre que su fecha de finalización sea posterior al 11 de abril de 2022, con la excepción de las ayudas a la elaboración del libro del edificio y redacción de proyectos que indica como condición que los edificios deben estar finalizados antes del año 2000, según recogen las bases reguladoras.

El plazo para la presentación de la solicitud de ayudas se iniciará el 6 de junio de 2023 y finalizará el 28 de diciembre de 2023. Asimismo, el plazo para solicitar la inscripción como gestor o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes, se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGV, y finalizará el 21 de diciembre de 2023.

La presentación y el procedimiento de tramitación será preferentemente telemático, y en el caso de las solicitudes provenientes de comunidades de propietarios, será obligatorio realizarlo a través de los gestores y agentes de la rehabilitación. El proceso de concesión de subvenciones se regirá por el régimen de concurrencia competitiva.

 
 
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