El Gobierno de Cantabria ha convocado ayudas por importe de 68.000 euros a las inversiones en energías renovables para edificaciones agrarias en zonas rurales. Estas subvenciones tienen el objetivo de paliar el coste de las inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo mediante el uso de energías renovables y de las inversiones específicas en medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética de las edificaciones destinadas a la actividad agraria.
Las ayudas están cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (Feader) y la Administración General del Estado. Dirigidas a agricultores y ganaderos, el importe máximo subvencionable será de 5.000 euros.
El extracto de la resolución se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), y el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOC.
Inversiones en instalaciones renovables
Los beneficiarios directos de estas ayudas son los agricultores y ganaderos que realicen una actuación subvencionable en una edificación agraria en zona rural. Serán subvencionables las siguientes inversiones que se realicen en edificaciones agrarias en zonas rurales: por un lado, inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo mediante el uso de las energías renovables. En este caso, serán subvencionables las inversiones en instalaciones de generación eléctrica mediante energía solar fotovoltaica y/o energía eólica para autoconsumo, con o sin incorporación de sistemas de acumulación o baterías para almacenar la energía producida durante las horas de generación.
Asimismo, será subvencionable la inversión en sistemas de almacenamiento que sean incorporados en las instalaciones ya existentes de generación eléctrica para autoconsumo mediante fuentes de energía renovable. Para que los sistemas de almacenamiento sean subvencionables, se deberá dar la condición de que el almacenamiento no esté directamente conectado a la red, sino que ha de ser parte de la instalación de autoconsumo. En caso de sustitución de equipos de almacenamiento, los equipos a sustituir deben tener una antigüedad superior a los seis años.
En instalaciones de generación que utilicen las dos fuentes de energías renovables, la prioridad a la hora de elegir las actuaciones subvencionables, en caso de ser necesaria, será primero solar fotovoltaica y luego eólica.
Medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética
Por otro lado, serán subvencionables las inversiones específicas en medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética de la edificación. En este caso, serán subvencionables las inversiones en nuevas instalaciones de generación térmica mediante el uso de fuentes de energía renovables y las inversiones para sustituir generadores térmicos o calderas obsoletas o que estén alimentados por combustibles fósiles por otros que usen energías renovables. Se incluye la sustitución de calderas obsoletas de biomasa por otras más modernas y eficientes, también de biomasa.
Asimismo, serán subvencionables las inversiones en otros equipos o instalaciones o la sustitución de equipos obsoletos por otros más eficaces, siempre que estas inversiones produzcan una reducción del consumo de energía final de toda la edificación de un 10% o de un 30% con respecto a la instalación o equipo de partida que se sustituya. La cantidad de energía ahorrada se determina mediante la medición y/o estimación del consumo antes y después de la instalación de los nuevos equipos, teniendo en cuenta las fichas técnicas o especificación de los fabricantes. Para ser subvencionable la sustitución de cualquier elementos o equipos, los elementos o equipos a sustituir deben tener una antigüedad superior a los seis años.