El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico (Miteco) ha publicado el trámite de consulta pública previa de la propuesta de resolución de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se establece el coeficiente de corrección para actuaciones de las fichas estandarizadas incluidas en el apartado de lucha contra la pobreza energética, al que hace mención el artículo 6 de la orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética. El objetivo es establecer de forma clara los criterios que debe cumplir una actuación de eficiencia energética para poder aplicar el coeficiente de corrección destinado a la lucha contra la pobreza energética. Se podrán presentar alegaciones hasta el 17 de marzo.
En aplicación de la Directiva (UE) 2023/1791, los Estados miembros deben lograr un 12,35% del objetivo total de ahorro acumulado de energía final mediante actuaciones específicas de eficiencia energética en viviendas de personas en situación de pobreza energética, consumidores vulnerables, hogares con bajos ingresos y, cuando proceda, residentes en vivienda social. La Recomendación (UE) 2023/2407, de 20 de octubre de 2023, subraya la prioridad de medidas estructurales eficaces, como la rehabilitación de edificios, la mejora de la adaptación térmica y el acceso a equipos eficientes y energías renovables.
Tras la aprobación de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Pobreza Energética 2026-2030, se pretende movilizar al máximo las actuaciones de eficiencia energética en hogares de consumidores vulnerables severos, con el objetivo de mejorar el confort térmico. En este contexto, el sistema de Certificados de Ahorro Energético (Sistema CAE) se plantea como herramienta clave, siempre que se apruebe mediante resolución de la DGPLACE, conforme al artículo 18.6 del Real Decreto 36/2023, el coeficiente de corrección que multiplicará los ahorros obtenidos en estas viviendas.
La propuesta prevé que, hasta el 31 de diciembre de 2030, puedan contabilizarse los ahorros conseguidos con medidas de mejora de la eficiencia energética en viviendas habitadas por consumidores vulnerables severos. Estos ahorros se multiplicarán por el coeficiente de corrección que se determine, siempre que se cumplan las condiciones específicas. Se excluye, sin embargo, a quienes solo sean beneficiarios del bono social eléctrico por título de familia numerosa sin reunir los requisitos de renta previstos en ese real decreto.
Coeficiente de corrección y lucha contra la pobreza energética
El objetivo central de la resolución es fijar con claridad los criterios que deben cumplir las actuaciones de eficiencia energética para poder aplicarles el coeficiente de corrección de lucha contra la pobreza energética, en el marco del Sistema CAE y del Real Decreto 36/2023.
Las contribuciones a la consulta pública podrán abordar las condiciones exigibles a las actuaciones de eficiencia energética, el método de cálculo del coeficiente de corrección y los requisitos específicos de los consumidores vulnerables severos. También se admitirán observaciones y propuestas sobre las fichas incluidas en el apartado de lucha contra la pobreza energética del sector residencial dentro del catálogo de medidas estandarizadas del Sistema CAE.
El plazo para remitir documentación está abierto hasta el 17 de marzo de 2026. Las alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través de un formulario web.
